L’ordre ECD/1070/2013 determina les característiques que han de tenir els centres on es poden realitzar les pràctiques del Màster en Psicologia General Sanitària. El text complet apareix a continuació però en resum, aquestes característiques serien les següents:
- El centre ha d’estar autoritzat i registrat com a «centre sanitari»
- La UIB ha d’haver signat un conveni de pràctiques amb aquest centre.
- La taxa d’activitat del centre ha de ser suficient per assolir els objectius docents
- El centre ha de disposar de recursos materials suficients i s’ha de gestionar per assolir uns nivells de qualitat
- S’ha de fer un seguiment i una avaluació motivada de les pràctiques
Los centros o servicios sanitarios en los que se pueda desarrollar las prácticas externas del Máster deberán estar autorizados y registrados como Centros Sanitarios en los correspondientes Registros de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la correspondiente comunidad autónoma. Asimismo, para impartir las prácticas externas, las Universidades responsables del Máster, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias, deberán tener suscrito el correspondiente convenio con los centros o servicios sanitarios referidos en el párrafo anterior o conjunto de varios de éstos. El citado convenio no será necesario en el supuesto de que el centro o servicio sanitario se encuentre adscrito a la Universidad que imparta el Máster. Para poder suscribir el convenio de prácticas externas, los centros o servicios sanitarios deberán cumplir, al menos, con los siguientes elementos básicos: 1. La tasa de actividad del Centro deberá ser suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos docentes: mínimo 400 consultas/año y de éstas, 80 nuevas/año. Asimismo, la ratio entre estudiantes en prácticas externas y psicólogo clínico o general que actué como supervisor será máximo 10/1. 2. Recursos materiales específicos acordes con la práctica clínica desarrollada: • Archivo de historias clínicas: Almacenamiento y manejo que garanticen la confidencialidad. • Registro informatizado de casos y actividad asistencial. • Biblioteca: Mínimo de textos básicos para apoyo clínico-terapéutico y/o acceso a fuentes de datos digitales. • Herramientas para la exploración psicológica (test) y de ponderación clínica (escalas). • Área física: Disponibilidad de instalaciones polivalentes donde se puedan desarrollar actividades formativas específicas. 3. Organización, gestión interna y control de calidad: • Normas, escritas y conocidas, sobre la organización interna y, en especial, sobre la coordinación de los diferentes centros o servicios sanitarios, si los hubiere. • Programación anual por objetivos. • Memoria anual de actividades. • Protocolos básicos, actualizados, de aplicación diagnóstica y terapéutica. • Reuniones periódicas: ◦ Sesiones clínicas periódicas (mínimo 1/mes) 4. Indicadores de actividad: • Recursos humanos: mínimo dos psicólogos con título de Máster en Psicología General Sanitaria, de especialista en Psicología Clínica o transitoriamente psicólogos registrados para realizar actividades sanitarias de acuerdo con lo señalado en el apartado 2 de la Disposición Adicional 6.ª de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. • Programas / actividades regladas asistenciales en el marco de los programas de actuación establecidos en el Centro. Se podrán considerar algunos de los siguientes: ◦ Programa de evaluación psicológica. ◦ Programas de intervención psicológica. ◦ Programas específicos: adicciones, terapia de pareja, atención a los trastornos de comportamiento del anciano, atención a los trastornos de comportamiento niño y joven, apoyo psicológico a pacientes con patologías crónicas. 5. Organización, seguimiento y evaluación de la práctica externa: • Tutores designados, de acuerdo a un procedimiento determinado y reacreditados periódicamente, para el seguimiento y evaluación de los profesionales en prácticas. • Plan específico individual de desarrollo de la práctica externa. • Registro documentado e individual de la practica. • Evaluación motivada de la actividad práctica.